La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires detectó fallas e irregularidades en el Registro de las Autopartes. En diciembre del año 2010 se creó la Ley Nº3708 - Registro de Verificación de Autopartes y luego modificado por la Ley Nº4606, se dispuso la obligatoriedad de grabar las autopartes de los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo los plazos y condiciones para esta reglamentación.
Esta auditoría reveló graves irregularidades en esta política pública establecida por la legislatura. Una de las principales es que no se encuentra operativo el Registro donde se deben inscribir los propietarios (sean personas físicas o jurídicas) de comercios dedicados a la compra y/o venta de autopartes nuevas o usadas, que establece el Art.1 de la Ley Nº3708. Además no hay información de cuáles son los requisitos, las medidas de seguridad y caracteres de las obleas de seguridad incumpliendo así el Art. Nº4 de la misma Ley.
Al respecto, el Auditor General Lisandro Teszkiewicz comenta: “Recordemos que ya hicimos una auditoría sobre este tema en el informe N.º 5.20.01 y, aun así, el grado de incumplimiento por parte del organismo es gravísimo. Una de las consecuencias que no esté operando el Registro de Verificación de Autopartes es que imposibilita aplicar las sanciones establecidas en el régimen de faltas de la Ciudad de Buenos Aires (Ley Nº451) a quienes no estén inscriptos en dicho registro”.
Otra falla es que tampoco se cumplió con la resolución N.º 01-SSNS-16, que aprueba el procedimiento para el labrado, confección y entrega de las actas por incumplimientos de las leyes N.º 3708 y N.º 5050. Las mismas exigen remitir en formato electrónico a la Dirección General de Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, los datos necesarios para labrar las actas de infractores, por ende no se puede multar.
Respecto a esto el Auditor General aporta que: “No se controla que las concesionarias cumplan con las exigencias esenciales, esto es gravísimo teniendo en cuenta que el sentido de esta Ley es proteger la seguridad de los y las vecinas de la ciudad evitando la venta de autopartes robadas, y de esa manera haciendo que bajen los robos, que son cada vez más en cantidad y cada vez más violentos”.
Estas exigencias tienen su orígen al Art.14 que establece que debe existir un informe mensual de altas registrales y transferencias de dominio a todos los propietarios y/o tenedores/poseedores de automotores, en un plazo de cinco años y cumplir con el grabado de las autopartes. En la auditoría no se pudo confirmar que se haya realizado este operativo en los distintos comercios (concesionarias, gestorías o mandarias).
El funcionamiento del Registro es fundamental e importante para los vecinos y vecinas de la Ciudad: “Esta Ley buscaba básicamente prevenir y disminuir los robos de vehículos para venta de autopartes en el mercado negro de los desarmaderos clandestinos que fomentan la violencia e inseguridad. Pero en la Ciudad es moneda corriente la comercialización y el acopio de autopartes ilegales, desde ruedas y cubiertas hasta motores y chasis. Sin embargo el gobierno de la ciudad pone carteles que dicen que la ciudad es más segura mientras se le escapan los presos y no controla el mercado negro de autopartes que alimenta los robos.
Sin dudas el gobierno del PRO presta más atención a seguir fortaleciendo sus negocios que a controlar los robos, otra vez vemos que no se trata de un error en la gestión, si no de un proyecto político que abandona a los porteños y porteñas a su suerte” concluyó el Auditor Peronista.