La Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) rechazó hoy dictar la medida cautelar que pidió un particular para poder renovar su licencia de conductor de vehículos sin el previo pago de infracciones de tránsito, informaron fuentes judiciales.

La medida provisoria la había pedido un hombre, identificado por sus siglas como F.A.Z., en el marco de la acción de amparo que promovió contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) para que se declare la inconstitucionalidad del requisito del pago del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (Cenat) para obtener la licencia.

En la demanda, F.A.Z. expuso que hace un par de meses, próximo a vencer su carnet de conducir, inició los trámites para la renovación, entre cuyos requisitos para la aprobación figuraba la constancia de pago del Cenat.

Agregó que al generar la boleta de pago, la misma no solo contenía la obligación de pagar 1.200 pesos para obtener el certificado sino que debía abonar una suma 50 veces superior por supuestas infracciones de tránsito realizadas por el vehículo de su propiedad en las provincias de Córdoba y Misiones, cuya existencia tomó conocimiento en ese momento.

El demandante contó que envió correos electrónicos al GCBA y solo obtuvo como respuesta que "abonar el Cenat es uno de los requerimientos para poder avanzar con la gestión del trámite".

F.A.Z. argumentó que la decisión del GCBA de subordinar el otorgamiento de la licencia de conducir al previo pago de multas por infracciones de tránsito, no sólo las cometidas en el territorio de la Ciudad, sino en jurisdicciones ajenas en las que el demandante no reside "es una arbitrariedad que contraría diversas normas de raigambre constitucional".

Al respecto, el juez Martín Miguel Converset concluyó, en cambio, que la exigencia del GCBA "no aparece como irrazonable" o constituya un "accionar manifiestamente arbitrario" o "ilegítimo" de las autoridades del GCBA, ya que la misma surge tanto de leyes locales (la 3.134) como nacionales (la 26.363 que creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial).

Además, el juez destacó que "cuando se trata de realizar un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de una norma, se requiere de una amplitud de debate y prueba que excede el marco de conocimiento restringido propio de esta etapa procesal".