La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó hoy la implementación de un nuevo servicio online para la tramitación automática de oficios judiciales cursados al organismo, lo cual –señalan- permitirá “reducir notablemente los tiempos de respuesta”.

El nuevo servicio, que se denomina “Tramitación Automática de Oficios (TAO)”, se podrá acceder a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), según indica la Resolución General 5379/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La herramienta permitirá la recepción, gestión y respuesta automática de oficios judiciales cursados a la AFIP, y, para poder acceder a la misma, requerirá contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 o superior.

Podrán hacer uso de las herramientas los letrados patrocinantes o apoderados habilitados para diligenciar oficios judiciales dirigidos a la AFIP del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), incluyendo los distritos judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los de Avellaneda, Lanús, Quilmes, Lomas de Zamora, La Matanza, Moreno, General Rodríguez, Morón, San Isidro y San Martín, todos ellos de la provincia de Buenos Aires.

La AFIP prometió, a través de los considerandos de la normativa, que el servicio se extenderá progresivamente “a otras jurisdicciones y fueros del país”.

Para utilizar el servicio, también se deberá contar con CUIT y tener declarada en el Sistema Registral la actividad económica “servicios jurídicos”.

La plataforma permitirá “garantizar la celeridad y eficacia en las contestaciones de dichos oficios” y “reducir notablemente los tiempos de respuesta” pues no requerirá ir presencialmente a las direcciones regionales de la entidad, indicó el organismo tributario, y forma parte de un “proceso de digitalización de las tareas vinculadas con la registración, tramitación y archivo de los oficios judiciales” en consonancia con el Plan Anual de Gestión de la AFIP.

Quienes utilicen la plataforma deberán realizar una declaración jurada de que se encuentran facultados para la tramitación de los oficios y que la información vertida es veraz, además de manifestar su compromiso de presentar en el expediente judicial, el documento electrónico producido dentro de los plazos judiciales previstos para su contestación.

Entre la información que se podrá consultar, se encuentra el domicilio declarado e inscripción en impuestos de individuos y empresas, y, en el caso de las personas humanas, las remuneraciones percibidas, aportes y contribuciones a la seguridad social, aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y obra social.

Además, se podrán consultar datos sobre la relación laboral con el empleador con fecha de inicio, eventual extinción, remuneraciones, aportes y contribuciones; y en forma conjunta, se podrá conocer la información referida a la cantidad de empleados declarados por un empleador con sus altas, bajas y modificaciones correspondientes.

Para conocer estos datos, el letrado o apoderado deberá ingresar especificar el jurídico por el cual se está solicitando el oficio, número de expediente judicial, fuero y jurisdicción del expediente, además de adjuntar el oficio judicial dirigido a la AFIP con la resolución del juez.

La AFIP indicó que la respuesta de los oficios será dentro de las 24 horas de ingresada la consulta, debiéndose acreditar, en el caso que sea requerido, el pago de un arancel, actualmente de $ 1.450.