El diputado Claudio Ferreño ha presentado un proyecto de Ley en la Legislatura porteña, a partir del cual está proponiendo que la actual calle Arribeños pase a denominarse República Popular China, en los términos de lo dispuesto en la Ley N° 1206.

En los fundamentos de la iniciativa, el legislador del Frente de Todos destaca que "la necesidad de actualizar su denominación de la actual calle Arribeños se justifica por el valor que la comunidad china ha aportado a toda la Comuna 13 y, en especial, al Barrio de Belgrano, el cual ha encontrado en este ámbito un motor de crecimiento económico y cultural". 

Destaca, además, que el "Barrio Chino de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicado en el barrio de Belgrano, surgió hacia el año 1980 como producto de las numerosas inmigraciones de asiáticos que se establecieron en esta zona. Por entonces, familias de origen asiático se asentaron en este espacio, y lentamente fueron transformándolo en un importante centro comercial, cultural y que atrae a turistas y vecinos porteños". 

Donde, dice, "las tres cuadras del Barrio sirven como un símbolo comunal y un centro cultural de la población china en la ciudad. Al mismo tiempo, representa un espacio propicio para desarrollar solidaridad comunal y para reflexionar sobre las dinámicas étnicas y culturales de la sociedad argentina".

Sobre los aspectos actuales, en la relación Argentina-China", Ferreño menciona la necesidad de resoltar "que los vínculos de nuestro país con la República Popular China se han intensificado de manera dinámica y sostenible en los últimos años. La cooperación económico-comercial ha permitido estrechar los lazos con aquella Nación, logrando un importante avance en el conocimiento mutuo de ambos pueblos, y sentando las bases necesarias para una coordinación y cooperación mayor a largo plazo".

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º-  Denomínese  “República Popular China” a la actual calle Arribeños en toda su extensión.
Artículo 2°.- Exceptúese la presente de los términos dispuestos en la Ley N° 1206, emanada por esta Legislatura.
Artículo 3º- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.